lunes, 7 de marzo de 2011

Obligaciones Dinerarias




L

yan Lion es la primera moneda que se fabricó en el mundo, acuñada por el Rey Alyattes de Sardes, Lidia, antigua ciudad de Asia Menor, en la actual Turquía, entre 600-575 A.C.



Evolución histórica del dinero

Con el surgimiento de las sociedades humanas y de su organización en pequeños grupos de familias, se produjo la necesidad de realizar intercambios de productos y servicios para satisfacer las diversas necesidades de tales grupos.  De esta forma, se produce el desarrollo de las primeras actividades comerciales, que con el paso de los años, se empezó a dificultar al aumentar la cantidad de dichos bienes y la frecuencia con que se llevaban a cabo este tipo de intercambios.

Por otro lado, la aglomeración de grupos de individuos en torno a centro urbanos, dio lugar a la necesidad de  establecer una medida que sirviera para valorar de modo más preciso los bienes y servicios intercambiados. No se sabe cuál fue expresamente la mercancía utilizada como moneda inicialmente, pero se supo que debía tratarse de un bien que en cada territorio fuese diferente.

Fue así como las diversas civilizaciones antiguas emplearon distintas modalidades del llamado dinero mercancía. Por ejemplo, entre los bienes más comunes los siguientes fueron utilizados como medida de valor: hierro, collares, bueyes y ganado, que variaban según pueblos y culturas. Las aleaciones de metales fueron muy empleadas también, aunque el descubrimiento de estos metales marcaría la pauta para el inicio de la utilización del dinero metálico y la posterior etapa de la acuñación de la moneda.

La moneda propiamente dicha, con el valor que hoy conocemos, nació en Lidia (hoy Turquía), Asia Menor, 700 años antes de Cristo como resultado de la práctica de los lidios de sellar pequeños trozos de metales preciosos como garantía de su pureza. Más adelante, cuando su tecnología metalúrgica mejoró y los trozos tuvieron un peso y una forma más regular, sirvieron como símbolo de pureza y peso.

Se dice que “la moneda es un fenómeno social más que económico, que es una especie de mito, de creencia global de la sociedad, no una mercancía como cualquier otra, aunque se presente en forma de objeto.”

El dinero en las diferentes culturas de la antigüedad

Egipto: antes de que existiera la moneda, ya existía el trueque que era la principal forma de negociación. Con el paso del tiempo y a raíz de la especialización del trabajo, aparece el excedente de producción, por lo que las molestias que representaba el trueque llevaron a la mayoría de los pueblos antiguos a adoptar medidas de intercambio más convenientes.

El nacimiento de la moneda en Egipto, se remonta entre 700 y 650 años antes de Cristo, por lo que el antiguo Egipto no contaba con una moneda en sí. La moneda es relativamente reciente, es joven apenas tiene unos 2.700 años de edad. Aquellos poderosos imperios de la antigua época, incluyendo a Egipto no tenían monedas.

Babilonia: El antiguo reino de Babilonia se caracterizó por ser, durante un tiempo, el epicentro comercial más importante del mundo, su excepcional ubicación geográfica fue fundamental para el desarrollo del comercio y de la moneda en la historia del hombre.

Grecia: la moneda jugó un papel vital en la corrección de desequilibrios surgidos en las formas económicas ciudadanas, pues a partir del uso de la moneda, quienes no intervenían directamente en la producción de bienes, podían obtener éstos mediante su compra. Es así, que tal instrumento aparece como medio de redistribución social a través de la implantación del salario fijo, además de ser garantía de estabilidad de la Polis según lo establece Aristóteles, a partir de las categorías morales que atribuye a la moneda.

Roma: Los romanos acuñaron monedas principalmente en plata de diversos valores, siguiendo el ejemplo de los griegos, siendo muy abundante y de una gran pureza hasta el siglo VII de la fundación de Roma.


¿Qué es el dinero?

El dinero es el medio normal de que se sirve el hombre para procurar otros bienes, a la inversa de los que ocurre con las demás cosas, no proporciona al hombre ningún placer por sí mismo; pero sirve de intermediario en el trueque de cosas  y bienes; con ese objeto ha sido creado y garantizado por el Estado y está sujeto a su vigilancia.

Puede señalarse que el dinero tiene las siguientes características:

1.      Fungibilidad: Esta característica permite utilizarlo como si se tratase de cualquier bien, para efectos de realizar un pago determinado;

2.      Liquidez: Tiene la facultad de hacerse efectivo en la especie que se pacte y no requiere de valoración alguna;

3.       Neutralidad: Lo exime de ser concebido como ilegal o carente de moral en si mismo.

Explique en qué consiste la concepción jurídica del dinero

A través del tiempo, ha sido muy discutida la naturaleza jurídica que reviste el dinero. La doctrina ha concluido que ciertamente el dinero no es simplemente un papel o un metal, sino que más allá de ello, se trata de un fenómeno económico que busca la medición de una magnitud abstracta más allá de la especificidad y concreción de un objeto como lo es el billete o la moneda.
Al abordar el concepto de dinero, es preciso ahondar en las siguientes dos nociones:

UNIDAD MONETARIA
Si se entiende que las piezas metálicas o los billetes asumen el carácter de moneda, y se aceptan como medios de pago, no por el hecho de su materialidad, sino en cuanto equivalente, fracciones o múltiplos de una unidad ideal que constituye el fundamento del sistema monetario.

INSTRUMENTOS MONETARIOS
El dinero puede posible materializarse por medio de su introducción en un instrumento de carácter monetario, como lo son los billetes de papel o las monedas de metal.
Ahora bien, en primera instancia, debe señalarse que los billetes son trozos de un papel que no es de tipo común, sino el denominado papel moneda el cual es de carácter absoluto y obedece a la ya abordada soberanía del Estado, que lo ha establecido como de curso forzoso. Así mismo, la moneda metálica constituye también un bien de carácter absoluto al cual le es dado valor por virtud de la soberanía del Estado y es singularizada por el hecho de complementar ciertos pagos cuyo poder liberatorio es estrictamente referido a una determinada suma.


Explique qué debemos entender por dinero plástico y monedas modernas

El dinero plástico se puede definir como un medio de pago, distinto del dinero conocido tradicionalmente como papel moneda (billetes) y la moneda metálica; representado a través de tarjetas “plásticas” que ofrecen la posibilidad de debitar automáticamente dinero de la cuenta del usuario en el momento en que éste haga uso de ellas, en un establecimiento de comercio cuya aceptación esté permitida como medio de pago, (tarjeta Débito y Crédito) o en cajeros electrónicos de los bancos (tarjeta débito). Todo lo anterior, sobre una cantidad de dinero que se le ha concedido como cupo a su titular o que el mismo ha depositado en su cuenta de ahorros, para que cuando haga uso de su tarjeta como medio de pago, o pretenda hacer retiros por medio de un cajero, tenga fondos suficientes para dicha transacción (tarjeta débito o crédito) y/o quede obligado para con la entidad bancaria al pago de esa obligación crediticia (tarjeta de crédito)

CLASES DE DINERO PLÁSTICO
Algunas de las tarjetas más usuales pertenecientes a la categoría del dinero plástico, son  las tarjetas débito y crédito y la tarjeta cargada. Sin embargo, también existen tarjetas telefónicas, tarjetas para el pago de peaje o para el pago del bus o del metro en las distintas latitudes del mundo que sirven como medio de pago en los distintos servicios que buscan adquirir.


Defina y diferencie entre obligaciones dinerarias y obligaciones de valor

Las obligaciones dinerarias son aquellas que tienen por objeto dar o entregar una suma de dinero, transmitiendo al beneficiario o deudor de dicha cantidad, el derecho de propiedad sobre la misma.


OBLIGACIONES DE DINERO
Esta clasificación surge para neutralizar los efectos de la depreciación monetaria.
“Se considera por su naturaleza del dinero que la moneda no tiene el valor económico independiente, pues su valor  reside en el hecho de que su provisión es limitada y la facultad de imprimirla es propia del Gobierno o del Banco debidamente autorizado. Tiene una cualidad representativa y su valor depende de lo que represente el resultado del balance entre medios de pago y su activo del Estado. Este sistema presupone una inalterabilidad del valor de la moneda, ya sea intrínseca, sea poder adquisitivo con referencia a bienes y servicios, o bien, extrínseco, sea paridad de cambio con relación a moneda extranjera”. 61 El mencionado principio hace parte del derecho de las obligaciones y guarda un estrecho vinculo con la extensión de la obligación dineraria y así, una unidad monetaria, será igual a otra de idéntica naturaleza; intercambiable libremente sin tener en cuenta la alteración que el valor de dicha moneda pueda experimentar, de manera que se haga efectivo el cumplimiento de la obligación consistente en pagar una suma de dinero.

OBLIGACIONES DE VALOR
En esta clasificación el dinero no integra el contenido de la prestación y solo es sustitutivo de la verdadera prestación, pues intenta traducir en dinero lo que en realidad se debe. La idea se había ido ampliando simultáneamente con el progreso y desarrollo de las ideas valoristas hasta conseguir la afirmación que plantea que “aquello que se debe no es en definitiva una suma de dinero en cuanto tal, sino el poder adquisitivo (valor) que dicha suma tenia al tiempo del nacimiento del derecho creditorio”  El dinero no se busca en sí mismo, por su valor real de cambio, de mercado o poder adquisitivo. A manera de ejemplo de esta última clasificación, tenemos la suma de dinero que hay que pagar, en la indemnización del daño causado, fruto de la responsabilidad civil, el día mismo de la condena y no en el momento en que se produjo el daño.

¿Qué son los intereses?

Es el precio que ha de ser pagado por la utilización de bienes de capital. Como quiera que los bienes de capital constituyen factores de producción, su utilización proporciona un beneficio, por el que debe pagarse un precio.

Explique cuándo los intereses son retributivos y cuando son sancionatorios o moratorios?


INTERESES RETRIBUTIVOS
Estos son extraños a la idea de mora o culpa del deudor y no son compulsivos, ya que su única función es restablecer el equilibrio patrimonial e impiden que se verifique un enriquecimiento injusto de una persona en perjuicio de otra.
La tasa de los intereses compensatorios puede ser convencional o  legal; pero la regla es que se originen por acuerdo de las partes y excepcionalmente, por disposición de la ley, para cuando las partes han omitido el acuerdo de voluntades sobre la tasa de interés.

INTERESES SANCIONATORIOS O MORATORIOS
La mora se produce cuando se vence el plazo de la obligación sin que haya cumplimiento y es a partir de ese momento en que la deuda dineraria empieza a generar los intereses moratorios o punitorios.

1 comentario:

  1. Compañera: muy completa toda la información sobre el tema, así como la forma como la presentó.

    Saludos!

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